¿Qué es el Registro Único de Audiencias de Gestión de Intereses?
El Registro Único de Audiencias de Gestión de Intereses es uno de los mecanismos fundamentales de acceso a la información pública y participación ciudadana de cumplimiento obligatorio para los funcionarios públicos, en virtud del Decreto 1172/2003.
El Registro en sí es la plataforma electrónica en la que se centraliza el proceso de carga de las Audiencias de Gestión de Intereses de los sujetos obligados. Al mismo tiempo, la información volcada en el Registro es de acceso público para todas las personas.
¿Qué es una Audiencia de Gestión de Intereses?
Una audiencia de gestión de intereses es un encuentro con un sujeto obligado solicitado por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, en el que el solicitante busca influir en las funciones y/o decisiones de cualquier organismo o funcionario que se encuentre bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional.
¿Quiénes deben registrar sus Audiencias de Gestión de Intereses?
Los sujetos obligados a registrar sus Audiencias de Gestión de Intereses son todos aquellos funcionarios públicos cuya categoría sea equivalente o superior a Director General:
- Presidente de la Nación;
- Vicepresidente de la Nación;
- Jefe de Gabinete de Ministros;
- Ministros;
- Secretarios y Subsecretarios;
- Directores Generales y Nacionales;
- Interventores Federales;
- Autoridades superiores de los organismos, entidades, empresas, sociedades, dependencias y todo otro ente que funcione bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional;
- Agentes públicos con función ejecutiva cuya categoría sea equivalente o superior a Director General.