En el año 2016 se sancionó la Ley N° 27.275 que tiene como objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública, enumerando en el artículo 7 los sujetos obligados a cumplir con lo dispuesto en la presente ley, entre los cuales se encuentra el Instituto de cine y Artes Visuales en su carácter de ente público no estatal en la órbita del Ministerio de Cultura.
El acceso a la información es un derecho humano fundamental establecido en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por nuestro país, que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 27.275 se rige por los principios de igualdad, celeridad procesal, transparencia y máxima divulgación.
Éste último principio implica que toda la información del Estado se presume pública y accesible y solo puede estar sometida a un limitado régimen de excepciones establecido por ley.
¿Qué es la información pública?
La ley define en el artículo 3 información pública como “todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la presente ley generen, obtengan, transformen, controlen o custodien”.